La figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada surgió a raíz de la nueva Ley de Emprendedores publicada el 27 de septiembre del 2013. Entre las medidas adoptadas por el Gobierno para favorecer a los autónomos se incluyó la posibilidad de añadir una nueva figura conocida como el Emprendedor de Responsabilidad Limitada. Esta figura reduce sus responsabilidades como autónomo ante cualquier obligación de pago, protegiendo su vivienda habitual.
El Emprendedor de Responsabilidad Limitada se caracteriza por ser una persona física que responde personalmente de todas las obligaciones de pago que contraiga la empresa durante su actividad profesional, excluyendo su vivienda actual (excepto si el emprendedor tuviera deudas de derecho público).
El emprendedor poseerá el control total de la empresa y de su gestión. La personalidad jurídica de la empresa en esta situación es la misma que la de su titular.
La aportación del capital a la empresa se regirá por la voluntad del empresario.
El autónomo, además, deberá hacer constar en su documentación esta condición, pudiendo utilizar las siglas "ERL".
Para que un autónomo pueda constituirse como un ERL se deberá cumplir con una serie de requisitos, que son los siguientes:
A pesar de cumplir con los requisitos anteriormente descritos, esta limitación de responsabilidad no será aplicada en los siguientes supuestos:
La gran ventaja de esta figura es que podrá limitar su responsabilidad, protegiendo su vivienda habitual ante las deudas que no sean de derecho público.
Es una excelente forma de constituirse como empresa para aquellos autónomos que deseen tener una protección añadida frente a las posibles deudas que contraigan durante el ejercicio de su actividad profesional.
El proceso de constitución como ERL no es complicado ni largo, únicamente el interesado deberá dirigirse a realizar su inscripción ante el Registro Mercantil y el Registro de la Propiedad, indicando también los datos de su vivienda habitual.
Constituirse como ERL resulta más económico puesto que no se crea una persona jurídica separada de la figura del empresario.
Por otro lado, las grandes desventajas de esta figura es que el emprendedor sigue respondiendo con su patrimonio personal ante las deudas contraídas, exceptuando de este bloque su vivienda habitual. Lamentablemente, estas deudas también pueden afectar a su cónyuge, si lo hubiera.
Los ERL tributan con unos tipos impositivos más altos cuanto mayor sea su facturación.
Además, a diferencia del autónomo tradicional, deberá presentar anualmente sus cuentas relacionadas con la actividad del negocio ante el Registro Mercantil.
La diferencia principal entre ser autónomo o Emprendedor de Responsabilidad Limitada radica en que el autónomo hace frente a las obligaciones contraídas por la empresa con todo su patrimonio, mientras que el ERL lo hace con todo exceptuando su vivienda habitual. Además, este último deberá presentar sus cuentas anuales ante el Registro Mercantil, a diferencia del autónomo tradicional que no tiene la obligación de hacerlo.
Una de las alternativas a esta figura es la de constituirse como una Sociedad Limitada Unipersonal, que además protege al emprendedor y a su patrimonio personal completo, no solo a su vivienda. La responsabilidad de las SLU es limitada, por lo que el empresario solo tendrá que hacer frente a sus deudas con el capital de la empresa.
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