Concurso de acreedores

Concurso de acreedores

En el transcurso de su actividad económica, las empresas pueden sufrir un balance negativo en sus cuentas anuales. Cuando se llega a una situación de falta de liquidez y ya no se puede seguir pagando con regularidad a los acreedores, decimos que la empresa entra en concurso.

Es muy importante, como empresarios, tomar las medidas necesarias para evitar que esto suceda, ya que las consecuencias jurídicas no son las mismas según si se ha actuado diligentemente o no. Desde Abogado Mercantil Sevilla queremos ayudarte. Efectivamente, la Ley distingue entre dos situaciones distintas en las que se puede dar un concurso:

  • Concurso voluntario, es decir, cuando es el propio deudor quien realiza la solicitud de concurso para la empresa, en vista de las circunstancias. En este caso las deudas quedarán paralizadas y se tendrá la posibilidad de renegociarlas.
  • Concurso necesario, cuando son los acreedores quien piden dicha solicitud.

A su vez, el concurso podrá ser calificado como fortuito o culpable. La Ley Concursal entiende que serán fortuitos todos aquellos concursos que no se puedan calificar como culpables. Esta distinción es sumamente importante, ya que si el concurso se declara culpable, los representantes legales de la empresa tendrán responsabilidad por lo sucedido. Por el contrario, si se declara fortuito, no tendrán tal responsabilidad. Una de las cosas que pueden ayudar a que el concurso se declare fortuito es que se haya solicitado voluntariamente, por lo que recomendamos esta opción para evitar posibles problemas.

Si finalmente se lleva a cabo el procedimiento de concurso, existirán una serie de órganos que actuarán durante el tiempo que dure el mismo. Dichos órganos son fundamentalmente: el Juez, la Administración concursal, la Junta de Acreedores y el Ministerio Fiscal. En los concursos tiene mucha importancia el llamado Convenio, es decir, un documento donde se solicitan una serie de medidas tendentes a regular la situación. La Ley Concursal nos dice que la propuesta de convenio podrá contener, además de quitas o esperas, proposiciones alternativas o adicionales para todos o algunos de los acreedores o clases de acreedores, con excepción de los acreedores públicos. Entre las proposiciones se podrán incluir las ofertas de conversión del crédito en acciones, participaciones o cuotas sociales, obligaciones convertibles, créditos subordinados, en créditos participativos, en préstamos con intereses capitalizables o en cualquier otro instrumento financiero de rango, vencimiento o características distintas de la deuda original.

Hay que tener en cuenta que es normal que una empresa atraviese por dificultades económicas en un momento determinado, pero también es cierto que se debe actuar de manera diligente. A veces puede ocurrir simplemente que las circunstancias externas sean desfavorables y hacer que se entre en pérdidas, pero es aquí cuando debemos decidir cómo se va a afrontar el problema. Por eso, si preveemos que a corto plazo o medio se puede producir una situación de impago por parte de la empresa, lo más conveniente es consultar con un abogado mercantil para que estudie el caso y nos indique qué pasos debemos dar. De esta forma no solo será más sencillo para nosotros, sino que podremos evitar la responsabilidad legal de la que hemos hablado previamente.

Declaración de insolvencia en el concurso de acreedores

La empresa se declarará como insolvente, cuando carece de la liquidez necesaria para hacer frente a todas sus deudas. Una empresa puede poseer muchos bienes y declararse como insolvente porque la suma de todos esos bienes no es equivalente a lo que necesitará para hacer frente a las deudas.

El deudor se declarará insolvente y a los dos meses podrá solicitar el concurso de acreedores. La insolvencia es el paso inicial por el cual se iniciará un proceso de concurso de acreedores.

Una persona se declarará insolvente cuando no puede hacer frente a las deudas y no puede hacer frente a ellas mediante su patrimonio personal. Esto se puede dar de forma inminente o de forma actual, en el presente. De forma inminente, se trata cuando presenta indicios de que la empresa no puede hacer frente a las obligaciones y el nivel de ingresos es inferior a las deudas a pagar. En este caso, se proyectarán a corto, medio y largo plazo y se observará si existe una situación de insolvencia por la cual se podrá declarar el concurso de acreedores.

Concurso de acreedores express

Iniciamos el procedimiento de concurso de acreedores de forma express. Este servicio esta diseñado para aquellas empresas que se encuentran en una situación difícil en la que no pueden enfrentarse a sus deudas y desean realizar este proceso de la forma más rápida posible.

De esta forma, mediante un concurso de acreedores express, conseguiremos evitar realizar un proceso judicial extenso y costoso.

Cuando el juzgado revisa la demanda y que se cumplen los requisitos del concurso de acreedores se procede al cierre de la sociedad de forma totalmente inmediata y sin liquidación de los bienes ya que no existen bienes que pueda liquidar.

Cualquier empresario o PYME puede acogerse al concurso de acreedores en el caso de que se encuentre en en una situación de insolvencia y que no pueda pagar sus deudas aun con la liquidación de sus bienes.

Mediante la solicitud de un concurso de acreedores express, conseguimos que las deudas de la empresa se deriven al administrador, y no quedará bajo la responsabilidad de efectuar de forma solidaria las deudas de la sociedad.

La empresa podrá evitar alargar la situación y perder el tiempo cuando existe una situación de insolvencia irreversible y no existe una previsión para reestablecerla.

También los acreedores, evitarán tener que iniciar el proceso judicial para el cobro de sus deudas, por lo que habrá un ahorro en los costes.

En nuestro Despacho contamos con nuestro equipo de abogados mercantiles en Sevilla que le pueden asistir si su empresa tiene dificultades económicas o ha entrado en concurso de acreedores. Si desea contactar con un abogado mercantil en Sevilla para que le ayudemos o para aclarar alguna duda, no tiene más que llamar por teléfono o dejar sus datos a través de nuestra web. Una vez estudiada la situación, le ayudaremos de la forma más rápida y eficaz posible. Deseamos que nuestros servicios le resulten útiles y que le proporcionen la máxima satisfacción jurídica.