Procedimiento monitorio

procedimiento monitorio

Mediante el procedimiento monitorio podremos reclamar las deudas líquidas, vencidas de nuestros clientes de forma más rápida. Nuestros abogados en Sevilla son expertos en la resolución de procedimientos monitorios.

¿Qué es un procedimiento monitorio?

Cuando un cliente no realiza el pago correspondiente y este vence, empieza por el envío de un burofax y termina en un proceso monitorio o en demanda de reclamación de la cantidad.

Con el procedimiento monitorio, se cobra la deuda de un cliente, mediante una reclamación de cantidad a partir de dos procesos: el declarativo o el ejecutivo.

Lo que hace el procedimiento monitorio es acortar la vía del proceso declarativo en caso de que el deudor decida no hacer frente al pago de la cantidad reclamada por la empresa y se abrirá la vía ejecutiva de forma directa.

¿Cómo se inicia un procedimiento monitorio?

Para iniciar el procedimiento monitorio se requerirán de algunos documentos importantes que habrá que entregar al Servicio Común de Registro y Reparto del domicilio del demandado.

Requisitos monitorio

Los requisitos para iniciar un proceso monitorio se encuentran en los artículos 812 y los siguientes dentro de la LEC.

Solamente entrarán por el procedimiento monitorio aquellas deudas que sean dinerarias, líquidas, determinadas, vencidas y exigibles.

Para iniciar el proceso monitorio necesitarás contar con la documentación correcta para demostrar que el demandado tiene una deuda. Entre los documentos exigidos se encuentran:

  • Documentos firmados por el deudor ya sea con su firma o sello de la empresa.
  • Facturas, albaranes etc. que puedan demostrar la existencia de la deuda.
  • Documentos que puedan acreditar la existencia de una relación comercial.
  • En definitiva, es muy importante disponer de cualquier documento que acredite el origen de la deuda y su causa de reclamación
.

En estos casos se recomienda que la empresa o autónomo cuente con los servicios de un abogado para que pueda guiarle durante todo el proceso y reclamar la cantidad de forma más rápida y correcta.

Un proceso monitorio es la forma más sencilla y barata para hacer frente a un impago de deudas por parte de un cliente.

Oposición del juicio monitorio

Si el deudor decide negarse a la demanda, tendrá lugar un procedimiento declarativo. Un Letrado de la Administración de Justicia examinará los elementos necesarios y se entregará de forma personal la solicitud de pago y el demandado dispondrá desde el momento del recibo de la deuda, 20 días naturales para hacer frente a él.

Cuando el deudor decide no realizar el pago y oponerse al pago razonando que es una deuda inexistente y que no se le aplica a su situación, el procedimiento monitorio se verá cancelado y deberá iniciarse un juicio verbal o juicio ordinario dependiendo de la cantidad de la deuda a abonar.

¿Cuánto tarda un procedimiento monitorio?

En el momento en el que se presenta la demanda y es admitida por el juez, deberá de abonarse la cantidad correcta. El plazo de resolución de un proceso monitorio es de unos 7 meses y en un plazo de 20 días el deudor deberá contestar a la demanda.

¿Qué pueden embargar en un juicio monitorio?

Cuando ha pasado el tiempo de los 20 días hábiles y el deudor no ha pagado ni se ha opuesto a la petición, el tribunal de justicia fijará la cantidad de dinero a reclamar.

En el caso de que el deudor no decida pagar, se le investigará y se determinará el valor de los bienes a embargar, determinando si se puede liquidar la deuda con ellos. En principio los bienes embargados serán los siguientes:

  • Dinero dentro y fuera de cuentas corrientes
  • Créditos, títulos, valores realizables en el acto o a corto plazo
  • Objetos de valor que disponga el cliente como joyas y obras de arte
  • Intereses, rentas y frutos
  • Bienes inmuebles, acciones, participaciones sociales...
  • Sueldos, salarios, pensiones o ingresos de la actividad profesional
  • Créditos, derechos y valores a medio y largo plazo
  • Empresas en las que el deudor se encuentre involucrado.

Si desea realizar el proceso monitorio por impago de deudas con clientes, puede ponerse en contacto con nuestros abogados expertos en reclamaciones de cantidad en Sevilla. Le aseguramos un proceso económico y rápido en el que puede confiar.

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